Tomador, en Derecho, es la denominación de la persona que contrata un seguro, por cuenta propia o ajena; del mismo modo es la persona a nombre de quien se gira una letra de cambio. El tomador se denomina, también, asegurado o contratante cuando toma un seguro por cuenta propia, y es al mismo tiempo, el beneficiario de la misma en caso de siniestro. Por ej.