Se denomina cuenta vivienda o cuenta ahorro vivienda, en España, a una cuenta de ahorro en una entidad de crédito que las personas físicas pueden abrir con la finalidad de destinar el dinero ingresado a la compra o rehabilitación de su vivenda habitual en un plazo no mayor del establecido por la Ley. Para que las obras puedan considerarse reconstrucción de vivienda el coste global de los trabajos de rehabilitación ha de exceder del 25% del valor de la propiedad (adquisión o mercado).