La compraventa internacional de mercancías se rige por las normas contenidas en la Convención de las Naciones Unidas sobre esta materia. Normas que han pasado a formar parte del ordenamiento jurídico español. Tienen un ámbito sustantivo de aplicación. Estas normas pueden servir como modelo para la modificación del régimen de la compraventa de bienes inmuebles contenidos en nuestros Códigos.