En el Caso Haya de la Torre o Caso del Asilo (Colombia vs Perú), juicio que tuvo lugar el 20 de noviembre de 1950, la Corte Internacional de Justicia (CIJ) reconoció que el artículo 38 de su Estatuto admite la posibilidad de principio de las costumbres regionales, sino que además, según Soerensen, se invierte la carga de la prueba respecto a la costumbre internacional.