Una asociación pública de fieles es una asociación de fieles de la Iglesia católica erigida para fines que por su propia naturaleza están reservados a la autoridad eclesiástica o a los que a juicio de ésta no se provea suficientemente con la iniciativa privada. Las asociaciones públicas de fieles son siempre personas jurídicas públicas y sus bienes tienen la consideración legal de bienes eclesiásticos.